
En cumplimiento de la Ordenanza 34 de 29 de diciembre de 2010 y por el Decreto 0494 de 28 de febrero de 2011, se creó el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia como un establecimiento público con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, orientado a la promoción y fomento de la cultura, las artes en sus diversas manifestaciones y la conservación y divulgación de la memoria y patrimonio del Departamento de Antioquia.
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia es el centro de integración cultural de todas las regiones de Antioquia; por medio de éste se canalizan los esfuerzos a los municipios para lograr un efectivo cubrimiento regional en la cultura, las artes y el conocimiento, la valoración y conservación del patrimonio cultural, la difusión de los valores literarios de Antioquia, el fomento y divulgación del arte y el folclor, la organización de los servicios culturales de las casas de la cultura, bibliotecas, museos, teatros y los diversos escenarios culturales.
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia diseña estrategias de fortalecimiento de los procesos culturales del Departamento, con el propósito de priorizar y dinamizar el desarrollo cultural de las regiones, identificando la diversidad cultural, sus fortalezas y debilidades en el área territorial, apoyando las manifestaciones culturales como espacios educativos y fomentando las culturas regionales y locales.
Director:
Juan Carlos Sánchez Restrepo.
Músico (baterista)
Profesional en planeación y desarrollo social, especialista en gerencia pública y máster en conflicto urbano y cultura de paz.
Teléfonos: 251 14 44 ó 512 46 69. Fax: 251 84 61.
Correo electrónico: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Subdirector Administrativo y Financiero:
Jairo Alonso Escobar Velásquez
Ingeniero de Sistemas, Especialista en Formulación y Evaluación de Proyectos. Posee experiencia en la aplicación de metodologías de investigación, formulación, evaluación e implementación de proyectos; planeación operativa, estratégica, planeación y control de presupuestos y desarrollo organizacional. Durante más de tres años se desempeñó como Coordinador del Área de Planeación de la Secretaría de Cultura Ciudadana del Municipio de Medellín.
Teléfonos: 251 10 47 ó 512 46 69. Fax: 251 84 61.
Correo electrónico:
Subdirectora de Planeación:
Adriana Milena Zafra Kiasúa.
Trabajadora Social. Especialista en gestión pública. Se desempeñó como Coordinadora de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana de Medellín, entre 206 y 2009, y como Directora Técnica de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Alcaldía de Medellín entre 2009 y 2011.
Teléfono: 251 00 64 . Fax: 251 84 61.
Correo electrónico:
Información Institucional de tu interés:
Plan anticorrupción y de atención al ciudadano
Plan Estratégico y de Acción 2012
Procedimiento Aplicación de Acciones Preventivas - Riesgos
Vea nuestro video institucional:
Descargue documentos:
Normatividad
decreto_2120_modificatorio_494
Actas del Consejo Directivo
Estados Financieros
Estados Financieros a Diciembre 31 - 2011
Estados Financieros a Diciembre 31 - 2012
Plan de Compras
Información Presupuestal
OFICINA DE CONTROL INTERNO
Las Oficinas de Control Interno tienen sustento legal en el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, en la Ley 87 de 1993 y en el Decreto Nacional 1826 de 1994.
Dentro del nivel directivo, la Oficina de Control Interno constituye uno de los componentes del Sistema de Control Interno, encargado de medir, evaluar y velar el cumplimiento de dicho sistema diseñado por la Dirección del Instituto, asesorándolo en la permanencia de los procesos administrativos, la evaluación de los programas propuestos y la recomendación de las acciones necesarias para el logro de los objetivos institucionales.
El artículo 9 de la Ley 87 de 1993, define la Oficina de Control Interno como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.
Además la Ley 1474 establece nuevas responsabilidades al Jefe de Control Interno, enmarcadas en la lucha contra la corrupción.
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